El Departamento de Salud Pública de California (CDPH) ha publicado una guía actualizada que exige a todos los californianos el uso de mascarilla en público y en entornos de alto riesgo. La guía actualizada se puede encontrar en el sitio web del CDPH.
“Un creciente conjunto de investigaciones científicas ha demostrado que las personas con pocos o ningún síntoma de COVID-19 aún pueden propagar la enfermedad y que el uso de mascarillas, combinado con el distanciamiento físico y el lavado frecuente de manos, reducirá la propagación de COVID-19 en el condado de Tulare”, afirmó la Dra. Karen Haught, Oficial de Salud Pública del Condado de Tulare.
La guía actualizada exige el uso de cubiertas faciales por parte del público en general en todo el estado cuando esté fuera del hogar, con excepciones limitadas.
Los californianos deben usar cubiertas faciales cuando:
- Dentro de, o haciendo fila para entrar en, cualquier espacio público interior
- Obtener servicios del sector de atención médica en entornos que incluyen, entre otros, un hospital, una farmacia, una clínica médica, un laboratorio, un consultorio médico o dental, una clínica veterinaria o un banco de sangre.
- Esperando o viajando en transporte público o paratránsito o mientras está en un taxi, servicio de automóvil privado o vehículo de viaje compartido
- Realizar un trabajo, ya sea en el lugar de trabajo o fuera del mismo, cuando:
- Interactuar en persona con cualquier miembro del público
- Trabajar en cualquier espacio visitado por miembros del público, independientemente de si alguien del público está presente en ese momento.
- Trabajar en cualquier espacio donde se preparen o empaqueten alimentos para su venta o distribución a otros.
- Trabajar o caminar por áreas comunes, como pasillos, escaleras, ascensores y estacionamientos.
- En cualquier habitación o área cerrada donde haya otras personas presentes (excepto miembros del hogar o residencia de la persona) cuando no puedan distanciarse físicamente.
- Conducir u operar cualquier vehículo de transporte público o paratránsito, taxi, servicio de coche privado o vehículo de transporte compartido con pasajeros. En ausencia de pasajeros, se recomienda encarecidamente el uso de mascarillas.
- Al aire libre en espacios públicos cuando no es posible mantener una distancia física de seis pies de personas que no sean miembros del mismo hogar o residencia.
Las siguientes personas están exentas de usar una cubierta facial:
- Niños de dos años o menos
- Personas con una discapacidad médica, de salud mental o de desarrollo que les impida usar una mascarilla.
- Personas con problemas de audición o que se comunican con una persona con problemas de audición, donde la capacidad de ver la boca es esencial para la comunicación.
- Personas para quienes el uso de una cubierta facial crearía un riesgo para las personas relacionadas con su trabajo, según lo determinen los reguladores locales, estatales o federales o las pautas de seguridad en el lugar de trabajo.
- Personas que reciben un servicio que involucra la nariz o la cara y para el cual es necesario quitarse temporalmente la cubierta facial para realizar el servicio.
- Personas que estén sentadas en un restaurante u otro establecimiento que ofrezca servicio de alimentos o bebidas, mientras estén comiendo o bebiendo, siempre que puedan mantener una distancia de al menos seis pies de distancia de personas que no sean miembros del mismo hogar o residencia.
- Personas que realizan trabajos o actividades recreativas al aire libre, como nadar, caminar, hacer senderismo, andar en bicicleta o correr, cuando están solas o con miembros del hogar, y cuando pueden mantener una distancia de al menos seis pies de los demás.
- Personas encarceladas. Como parte de sus planes de mitigación, las prisiones y cárceles contarán con directrices específicas sobre el uso de mascarillas o cubrebocas, tanto para los reclusos como para el personal.
Para obtener más información sobre COVID-19, visite www.tchhsa.org/ncov y www.covid19.tularecounty.ca.gov